ACTUACIÓN ANTE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN COMPLEJAS O VOLUMINOSAS. PLAZOS PARA RESOLVER

Doctrina - Criterios Interpretativos
Transparencia y Buen Gobierno - Criterios Interpretativos
España - Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

Fecha: 01/14/2016 12:00:00 PM
Fecha publicación: 10/14/2015 12:00:00 PM
Medio publicación: Tablón

Criterio Interpretativo CI/005/2015 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno dictado de conformidad con la atribución del art. 38.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno:
- 1 MES PARA RESOLVER SOLICITUDES, desde su recepción en el órgano competente para resolver (art. 20.1 Ley 19/2013).
- AMPLIACIÓN DE PLAZO OTRO MES, si la complejidad o el volumen de la información solicitada lo hace necesario:
- NOTIFICADA al interesado antes de que expire el plazo general de 1 mes.
- MOTIVADA, con expresión de las circunstancias concretas que justifiquen la ampliación del plazo general, sus causas materiales y sus elementos jurídicos.
- SI NO SE NOTIFICA ANTES DEL MES DEL PLAZO GENERAL PODRÁ ENTENDER DESESTIMADA (art. 20.4 L.19/2013), sin perjuicio de que la Administración pueda posteriormente remitir la información.

(http://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dms/ctransp/con...)


Archivos adjuntos:


Criterio_5.pdf - Criterio_5.pdf